Urgente La Justicia falló a favor de la CGT y suspendió la aplicación de más de 80 artículos de la ley. El juez laboral Raúl Ojeda hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la central sindical y dejó en suspenso disposiciones clave de la Ley 27.802 por considerar que existen indicios serios de inconstitucionalidad y riesgo de daños irreparables. Más noticias La CGT conmemoró el hito de la movilización bajo la consigna "Paz, Pan y Trabajo" a 44 años del 30 de marzo, marcando un momento crucial en la historia sindical de Argentina. Fallo de la Justicia Nacional El Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, a cargo de Raúl Ojeda, resolvió hacer lugar a la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo y suspender la aplicación de más de 80 artículos de la reforma laboral, al considerar que hay indicios suficientes de inconstitucionalidad y peligro en la demora. Alcance de la medida judicial En la resolución, el magistrado dispuso la suspensión provisoria de los artículos cuestionados hasta que se dicte sentencia definitiva. Se prevé que la entrada en vigencia de la reforma podría generar efectos jurídicos y materiales irreversibles en las relaciones laborales. Artículos suspendidos La cautelar afecta un amplio conjunto de disposiciones que modifican normas del derecho laboral. Entre los artículos suspendidos se encuentran: Artículos que modifican el ámbito de aplicación de la legislación laboral y la figura de trabajadores de plataformas. Suspensión del Título II respecto a los Fondos de Asistencia Laboral. Artículos que alteran cambiando las condiciones de huelga y jornada laboral. Fundamentos del juez El magistrado enfatizó que las reformas podrían derivar en una regresión de los derechos laborales, afectando principios constitucionales como la protección del trabajo y la libertad sindical. Próximos pasos La suspensión es provisional y se mantendrá hasta que se resuelva el fondo de la cuestión. Las disposiciones cuestionadas no podrán aplicarse, lo que implica que continuarán vigentes las normas anteriores en contratación, negociación colectiva y organización sindical.