Nacionales | Por aciar_ruben@yahoo.com

La Corte Suprema pone en jaque la privacidad: inconstitucional el uso de datos sin consentimiento del Estado Nacional.

La Corte Suprema acaba de sentar un precedente histórico al declarar inconstitucional el uso de datos personales sin consentimiento. Esta contundente decisión pone en jaque la ley de Protección de Datos y redefine la privacidad de todos los argentinos. ¡Entérate de todos los detalles!

  • 03/05/2026 • 01:31
La Corte Suprema declaró inconstitucional el uso de datos personales sin consentimiento por parte del Estado.

La Declaración de la Corte Suprema

La Corte Suprema declaró este jueves inconstitucional el uso de datos personales sin consentimiento por parte del Estado y anuló artículos de la ley de Protección de Datos al considerar que vulneran derechos a la privacidad.

Contexto del Caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos. Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Vulneración de Derechos

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

Los Argumentos del Tribunal

Con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, el tribunal afirmó que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares. Estas prácticas afectan garantías constitucionales.

Críticas a la Ley de Protección de Datos

El tribunal declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones son excesivas e injustificadas.

El Planteo de la Demandante

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, señalando que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

Opiniones Dissentientes

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.